Seguros de cumplimiento

Este tipo de pólizas garantiza el cumplimiento de la obligación contenida en el contrato, protegiendo al contratante de los perjuicios derivados del incumplimiento por parte del contratista (afianzado) emanadas en el contrato.

La cobertura otorgada es una fianza o garantía que expide la aseguradora para garantizar que una entidad particular conocida, tiene la capacidad financiera, técnica y administrativa para responder a la seriedad de una oferta o cumplir lo que le encomiende mediante un contrato, licitación, orden de compra o pedido.

Existen dos tipos de garantías: En forma general se distinguen dos tipos de fianzas, a saber:

  1. Particulares: Expedidas a personas naturales o personas jurídicas.
  2. Oficiales: Las expedidas a favor de las entidades del estado u organismo descentralizado de cualquier orden.

Tipos de pólizas:

  • seriedad de la oferta
  • cumplimiento del contrato
  • Buen manejo del anticipo
  • Pago de salarios y prestaciones sociales
  • Estabilidad y calidad de la obra
  • Correcto funcionamiento de los equipos suministrados

Responsabilidad civil contractual derivada de la póliza de cumplimiento.

  • Cubre los riesgos de daños a terceros, derivados de las relaciones contractuales como los proveniente de contratos de servicio, mantenimiento, etc.

Requisitos para la vinculación

  • Diligenciamiento y entrega del formulario de conocimiento del cliente y sus anexos (Fotocopia documento de identidad del Representante Legal, Cámara de comercio con expedición no mayor a 30 días, RUT, Estados financieros y Declaración de renta del año inmediatamente anterior)
 

Requisitos para la expedición de la póliza

  • Copia del contrato debidamente firmado por las partes
  • Experiencia de la empresa
 

Requisitos para las pólizas de Seriedad de la Oferta

  • Además de los requisitos anteriores, para este tipo de pólizas es necesario que el cliente nos suministre el Pliego de Condiciones de la licitación.
 
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