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Seguro todo riesgo daños materiales, modulares y pyme
Este tipo de seguros es ofrecido por todas las compañías de seguros, sin embargo las condiciones difieren una de otras por lo que nuestros expertos se encargan en analizarlas y brindarles la mejor opción.
Cubren las perdidas o daños que sufran los bienes descritos en la poliza por cualquier causa no excluida en sus condiciones generales ocasionados por incendio y adicionales, equipo electrónico, lucro cesante, sustracción, rotura de maquinaria y responsabilidad civil.
Incendio: Cubre las perdidas o daños que sufran los bienes asegurados como consecuencia directa de incendio, rayo o sus efectos inmediatos como el calor, el humo y las medidas adoptadas para evitar la propagación y extensión del fuego. Una vez realizado el estudio de seguridad industrial y de riesgos podemos contratar amparos adiciones tales como: Explosión, terremoto, temblor y/o erupción volcánica, Maremoto, Asonada, Motín, Daños por agua, Anegación, entre otros.
Lucro cesante: ampara las perdidas y gastos específicos que sufra el asegurado que resulte directamente de una interrupción del negocio a consecuencia de un daño durante un tiempo determinado para reparar o reanudar las operaciones del negocio.
Rotura de maquinaria: Cubre los daños materiales, súbitos e imprevistos que sufra la maquinaria amparada, ya sea que tales equipos estén o no trabajando, o cuando sean desmontadas para repacion o traslado a otros predios por las siguientes causas que se mencionan a continuación:
Impericia, negligencia, sabotaje, actos mal intencionados del personal, errores de diseño, defectos de mano de obra entre otros.
Sustracion: Cubre las perdidas o daños de los bienes asegurados contenidos dentro del establecimiento del asegurado descritos en la poliza que sean a consecuencia directa de sustracción con violencia, adicionalmente cubre los daños que se causen a los edificios o locales que contengan los bienes asegurados con motivo de tal sustracción o su tentativa, adicionalmente se pueden contratar otros amparos.
Responsabilidad civil extracontractual: cubre los perjuicios patronales que sufra el asegurado con motivo de determinada responsabilidad civil extracontractual en que incurra de acuerdo con la ley y riesgos específicos tales como predios y operaciones y bajo amparos adicionales a productos, contratistas independientes, vehículos no propios entre otros.
Requisitos para solicitarlo
- Visita al asegurado de observación del riesgo
- Valores y bienes a asegurar
- Diligenciamiento y entrega del formulario de conocimiento del cliente y sus anexos (Fotocopia documento de identidad del Representante Legal, Cámara de comercio con expedición no mayor a 30 días, RUT, Estados financieros y Declaración de renta)